El Consejo Superior del Colegio de Médicos de la Provincia de Buenos Aires recuerda a los profesionales médicos y a la población en general que la Credencial Digital para Profesionales de la Salud (instrumentada por la Resolución N° 3320/24 del Ministerio de Salud de la Nación), sólo posee validez para las Matrículas Nacionales que habilitan el ejercicio de la profesión en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Ante esto se remarca que, para el ejercicio de la medicina en el territorio de la provincia de Buenos Aires, es obligatoria y suficiente la Matrícula Provincial otorgada por este Colegio de Médicos, la cual no posee vencimiento, según lo estipulado por la Ley 5413/58.
Por tanto, la citada Credencial Digital, no sustituye ni reemplaza la matrícula otorgada por esta institución, ni acredita el ejercicio médico en la provincia de Buenos Aires.
Consejo Superior del Colegio de Médicos de la Provincia de Buenos Aires